Con la llegada del verano puede que alguno de nuestros vecinos instale en una de las terrazas de un ático o piso una piscina de grandes dimensiones para uso particular, a causa de ello la preocupación de los vecinos es más que evidente. Lo recomendable es consultar a la promotora sobre los efectos que puedan producir, no obstante, cabe la posibilidad de consultar con profesionales para que analicen los efectos que pudiera producir, si la respuesta es que su uso puede producir daños, pasamos al siguiente punto.

En dicho supuesto se trata de una de actividad prohibida o peligrosa para la comunidad, ya que puede producir graves daños. Teniendo en cuenta que la cubierta no está pensada para soportar elementos de gran peso y volumen.

Por tanto, lo recomendable es que sea el presidente de la comunidad de propietarios, a iniciativa propia o bien por parte de cualquiera de los propietarios, requerir al vecino que está realizando la actividad peligrosa su cese.

En el caso de que a pesar de la advertencia, el vecino continúe con su conducta, el presidente, contando con la autorización previa de la junta de propietarios, puede proceder a través de la acción de cesación por medio de juicio ordinario.